viernes, 1 de junio de 2007

SEGUNDA DENUNCIA

.................................., con NIF ...........................y domicilio en Plasencia, Avenida de Extremadura número 18 piso .


EXPONE: Que en los bajos donde resido existe un negocio cuya razón social corresponde a CERVERÍA EL PENSADOR, existe una terraza escriturada como tal de uso privativo del negocio antes citado, en el que se ha instalado un toldo de elevadas proporciones, tanto en altura como en dimensiones. Lo que va en contra de la Ley de Propiedad Horizontal, ya que evidentemente se ha modificado un elemento común del edificio como es la fachada lateral izquierda. Ya que la estructura antes citada es de aluminio blanco, en contraste con el ladrillo visto de color rojo sin olvidar las dimensiones, que en mi caso está situada bajo cuatro de mis ventanas. Todo ello hace, que la posibilidad de escalado hacia mi vivienda sea muy fácil ya que la estructura metálica que soporta el toldo se haya apenas a algo más de un metro de mis ventanas, a la vez que el toldo, por su diseño podría resultar como colchón amortiguador. Lo que hace que se haya menoscabado mi derecho al disfrute de mi vivienda, ya que por seguridad tengo que cerrar ventanas y persianas, dada la inseguridad que me hallo expuesta.
Por otro lado esta modificación ha sido realizada sin el permiso de la comunidad, por lo que presumiblemente imagino también carece de permiso municipal oportuno.
Como resultado de todo ello, mi salud y la de mi familia se está viendo afectada, ya que al tener que cerrar ventanas y persianas durante el día nos producen lógicamente trastornos en todos los ámbitos tanto personales como económicos. Además de la ansiedad propia por la situación de inseguridad que esta alteración de un elemento común. Tal como marca la Ley de Propiedad Horizontal en su Artículo 7, Punto 1
“El propietario de cada piso o local podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquél cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario, debiendo dar cuenta
de tales obras previamente a quien represente a la comunidad”. Por lo que queda claro la situación en la que me encuentro actualmente.

SOLICITA: Sea tenido en consideración lo anteriormente expuesto y tomadas medidas oportunas desde el Ayuntamiento a la mayor brevedad posible.


En Plasencia a 28 de septiembre de 2006.








Concejala Delegada de Territorio, Obras y Mantenimiento.

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